Colombia se ha convertido en uno de los destinos preferidos por extranjeros que buscan vivir, trabajar o invertir en América Latina. Gracias a su estabilidad jurídica y a los procesos migratorios digitalizados, cada vez más personas consultan qué tipo de visa colombiana se adapta mejor a sus planes. Sin embargo, elegir la visa adecuada requiere entender la clasificación legal vigente según la Resolución 5477 de 2022 y el Decreto 1067 de 2015.

Clasificación actual de las visas colombianas
De acuerdo con la normativa nacional, existen tres categorías principales: la Visa Tipo V (Visitante), la Visa Tipo M (Migrante) y la Visa Tipo R (Residente). Cada una tiene finalidades, requisitos y tiempos de permanencia distintos.
Visa Tipo V: estadías temporales
La Visa de Visitante está pensada para actividades de corta duración: turismo, negocios, tratamiento médico, estudios cortos o participación en eventos. Generalmente, se otorga hasta por dos años, sin generar derecho a residencia permanente. Es ideal para quienes aún están evaluando radicarse en el país.
Visa Tipo M: estadías medias y fines específicos
La Visa de Migrante (Tipo M) aplica a quienes establecen vínculos laborales, familiares o de inversión en Colombia. Dentro de esta subcategoría se encuentran visados por trabajo, matrimonio con colombiano, estudios de larga duración e inversión. Esta visa permite residir de forma regular y optar luego a la Visa de Residente.
Entre las visas tipo M más comunes están la visa de trabajador, la de cónyuge o compañero permanente y la visa de pensionado.
Visa Tipo R: residencia definitiva
La Visa de Residente (Tipo R) es el nivel más alto del estatus migratorio, otorgando residencia indefinida y el derecho a solicitar la cédula de extranjería de residente. Se concede a quienes han mantenido una visa tipo M por un tiempo determinado o realizan inversiones importantes. La visa de residente colombiana permite, además, acumular tiempo de residencia para acceder a la nacionalidad colombiana.
Requisitos generales para solicitar una visa colombiana
Los requisitos varían según el tipo de visa, pero algunas exigencias básicas incluyen:
- Pasaporte vigente original y copia en formato PDF.
- Fotografía en fondo blanco (tamano 3×4 cm).
- Documentos que acrediten el motivo de la solicitud (contrato laboral, certificado de matrimonio o inversión).
- Apostilla y traducción oficial de documentos expedidos en el exterior.
- Pago de los derechos de estudio y expedición del visado.
Todos los documentos deben ser cargados en la plataforma electrónica de la Cancillería dentro del Trámite de Visa Online, disponible en su sitio oficial.
¿Qué visa escoger según tu proyecto de vida?
Si tu objetivo es residir por vínculo familiar
La visa de cónyuge o compañero permanente (Categoría M) aplica para quienes están casados o en unión reconocida con un nacional colombiano. Esta visa es renovable y, con el tiempo, permite acceder a la categoría R.
Si planeas trabajar o emprender
Los extranjeros que cuenten con oferta laboral de una entidad colombiana pueden solicitar la visa tipo M en la subcategoría de trabajo. Para inversionistas, la visa tipo M o R también contempla opciones relacionadas con capital extranjero, siempre que se acrediten los montos mínimos exigidos por la Cancillería.
Si buscas residencia definitiva
La Visa R se recomienda cuando el solicitante ya ha cumplido los plazos de residencia continua con visa M o ha realizado una inversión calificada. Ofrece estabilidad y la posibilidad de obtener la nacionalidad tras cumplir los tiempos de permanencia legal.
Duración, renovación y traspaso
Las visas tipo M suelen expedirse por hasta tres años, mientras que las V rara vez superan los dos años. Las renovaciones deben gestionarse antes del vencimiento del visado, lo que evita sanciones migratorias y mantiene la continuidad del tiempo de residencia acumulado.
En caso de cambio de pasaporte o pérdida de documento, el titular debe solicitar el traspaso de su visa, sin lo cual su registro migratorio podría invalidarse ante Migración Colombia.
Errores comunes en las solicitudes
- Presentar documentos sin apostilla o con fechas vencidas.
- No realizar el pago previo del estudio de visa.
- Usar motivos migratorios distintos a los permitidos por la Resolución 5477 de 2022.
- No actualizar la información ante Migración Colombia tras recibir el visado.
Preguntas frecuentes sobre las visas colombianas
¿Cuánto tiempo tarda el estudio de una visa?
Según la Cancillería, el tiempo estimado es de hasta 30 días calendario desde el registro completo de los documentos. Sin embargo, este plazo puede variar según la carga administrativa y el tipo de solicitud.
¿Puedo cambiar de tipo de visa dentro de Colombia?
Sí. Es posible pasar, por ejemplo, de una visa tipo V a una visa tipo M, siempre y cuando se cumplan los requisitos legales vigentes y se presente nueva solicitud con fundamento diferente.
¿Qué pasa si mi solicitud es negada?
El solicitante puede interponer recurso de reposición ante la misma autoridad de la Cancillería dentro del plazo previsto por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
¿La visa me autoriza a trabajar?
Sólo las visas que lo indiquen expresamente, como la visa M de trabajo, habilitan al extranjero para ejercer actividades remuneradas en el país.
¿Cómo se tramita la cédula de extranjería?
Una vez expedida la visa con vigencia superior a 3 meses, el extranjero debe registrarse ante Migración Colombia y solicitar la cédula de extranjería dentro de los 15 días hábiles siguientes.
Conclusión
Residir legalmente en Colombia implica elegir la visa adecuada conforme a la actividad que desea desarrollar el extranjero y cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5477 de 2022. La asesoría profesional en migraciones y una correcta planeación documental pueden prevenir atrasos y asegurar una transición exitosa hacia la residencia definitiva o incluso la nacionalidad.