Visa para padres de menores colombianos: guía completa y actualizada


Visa para padres de menores colombianos: guía completa y actualizada

En la actualidad, Colombia se ha consolidado como uno de los principales destinos migratorios de Suramérica, debido a su estabilidad económica y apertura normativa hacia la reunificación familiar. Esta tendencia ha incrementado las solicitudes de la visa padre madre nacional colombiano, contemplada en la Resolución 5477 de 2022, que regula el ingreso y permanencia de extranjeros en el país. Dicha visa se constituye en un instrumento clave para garantizar el derecho de los niños colombianos a crecer junto a sus progenitores, sin importar la nacionalidad de éstos.

Marco legal de la visa para padres de menores colombianos

El fundamento jurídico de esta visa se encuentra en el artículo 65 de la Resolución 5477 de 2022, expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Esta norma establece que la visa tipo M “por ser padre o madre de nacional colombiano por nacimiento” podrá ser solicitada por el extranjero que demuestre dicha condición mediante los documentos pertinentes. Asimismo, el Decreto 1067 de 2015 fija el régimen general de visas en Colombia, incorporando las disposiciones sobre residencia y permanencia legal.

Características principales de la visa M para padres de nacionales colombianos

Esta visa pertenece a la categoría Visa de Migrante (M) y otorga al titular la posibilidad de residir y trabajar legalmente en Colombia durante su vigencia. De acuerdo con el artículo 75 de la Resolución 5477 de 2022, la visa M tiene una duración inicial de hasta tres (3) años, con posibilidad de renovación, siempre que subsistan las condiciones que dieron origen a su otorgamiento.

Requisitos generales según la normativa vigente

  • Copia válida del pasaporte vigente y página de identificación.
  • Registro civil de nacimiento del menor colombiano, donde figure el solicitante como padre o madre.
  • Permiso de residencia o visado vigente si el trámite se realiza desde Colombia.
  • Certificado de antecedentes judiciales del país de residencia o de origen, debidamente apostillado y traducido, cuando aplique.
  • Justificación de medios económicos para la manutención del menor y del solicitante.
  • Comprobante del pago de los derechos consulares correspondientes.

Todos los documentos emitidos en el exterior deben estar apostillados o legalizados según corresponda, y traducidos oficialmente al español si están en otro idioma.

Procedimiento de solicitud paso a paso

El proceso se realiza directamente ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, de forma virtual a través de la plataforma de visas en línea. A continuación, se detallan las etapas principales:

  1. Registro y diligenciamiento del formulario en línea: el solicitante debe ingresar sus datos personales, adjuntar documentos requeridos y subir la fotografía.
  2. Validación por parte de la autoridad consular o el Grupo Interno de Trabajo de Visas e Inmigración: se verifican los documentos y la relación filial con el menor colombiano.
  3. Pago de estudio y, en caso de aprobación, del valor de expedición de la visa.
  4. Emisión electrónica: la visa se otorga de forma digital y permite al titular tramitar la cédula de extranjería ante Migración Colombia.

Derechos y obligaciones del titular

La visa M por vínculo filial con menor colombiano habilita a su titular para:

  • Residir de manera regular en el territorio nacional durante la vigencia de la visa.
  • Ejercer actividades laborales o profesionales lícitas, sin requerir permiso adicional.
  • Afiliarse a los sistemas de salud y seguridad social.
  • Solicitar posteriormente la visa de residente colombiana, después de cumplir los periodos de permanencia exigidos por la normativa.

Por su parte, el extranjero debe mantener actualizado su domicilio, informar a las autoridades de migración cualquier cambio relevante y respetar las normas de permanencia fijadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Casos especiales y consideraciones prácticas

Es importante destacar que, aunque el vínculo con un menor colombiano permite optar a esta visa, la autoridad migratoria conserva discrecionalidad para analizar las circunstancias del caso. Factores como la custodia, convivencia efectiva o dependencia económica del niño pueden ser determinantes. Además, si el titular se ausenta de Colombia por más de seis (6) meses consecutivos sin causa justificada, podría perder la vigencia de su visa.

En la práctica, los abogados migratorios recomiendan conservar siempre las pruebas de manutención, convivencia o custodia compartida, en caso de que la Cancillería solicite material complementario para renovar o ratificar la condición del titular.

Renovación y cambio de visa

La renovación de esta visa puede solicitarse antes del vencimiento, conservando el mismo procedimiento virtual. Si el menor cumple la mayoría de edad, se prevé que el solicitante gestione otra categoría de visa o, en su defecto, tramite la residencia permanente si cumple los tiempos legales. Según la Resolución 5477 de 2022, la residencia definitiva puede solicitarse tras cinco (5) años continuos de permanencia con visa M, siempre que no existan infracciones migratorias.

Desafíos y buenas prácticas en la gestión migratoria

Entre los principales desafíos que enfrentan los solicitantes se encuentran las demoras por validación de documentos extranjeros, errores en traducciones o inconsistencias en los registros civiles. Para mitigar estos riesgos, es recomendable:

  • Consultar directamente las instrucciones actualizadas en la página oficial de la Cancillería.
  • Solicitar asesoría legal profesional para verificar la idoneidad de los documentos antes de cargarlos.
  • Guardar copias electrónicas y físicas de todo el expediente migratorio.
  • Evitar períodos prolongados fuera del país que puedan afectar la vigencia de la visa.

Preguntas frecuentes sobre la visa para padres de menores colombianos

¿Puedo trabajar en Colombia con esta visa?

Sí. Según la Resolución 5477 de 2022, el titular puede desarrollar actividades laborales o económicas, sin restricciones adicionales.

¿Qué sucede si el menor cumple la mayoría de edad?

En ese caso, la visa puede no renovarse en la misma categoría, pero el titular podrá solicitar una visa de residencia o una nueva visa migrante por otros motivos.

¿Es necesario presentar prueba de custodia o convivencia?

No siempre. Sin embargo, la Cancillería puede requerir evidencia de convivencia o manutención efectiva si existen dudas sobre el vínculo familiar o la motivación del solicitante.

¿Puedo incluir a otros familiares en esta visa?

No. La visa padre madre nacional colombiano solo ampara al solicitante y no otorga beneficios automáticos a otros miembros de la familia.

¿Qué pasa si mi visa vence estando fuera del país?

Debe tramitar una nueva solicitud desde el exterior, ya que la vigencia no puede extenderse fuera del territorio nacional.

Conclusión

La visa para padres de menores colombianos es una herramienta fundamental de reunificación familiar y un derecho derivado del principio constitucional de protección integral de la niñez. Gestionarla de manera correcta exige revisar cuidadosamente los requisitos oficiales, mantener la documentación actualizada y cumplir las condiciones establecidas por la Cancillería. Una orientación profesional oportuna puede marcar la diferencia entre una solicitud exitosa y un proceso demorado o negado. En todo caso, el respeto por el marco jurídico y la organización documental son las mejores garantías de una permanencia segura y legal en Colombia.

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